martes, 7 de octubre de 2008

LA TORTA GALESA.



La receta de la famosa torta galesa fue traida por los colonos galeses que llegaron en 1865 al valle inferior del río Chubut, en nuestra hermosa patagonia argentina, la inmigración galesa se radicó principalmente en el sur argentino.

El 28 de julio de 1865 desembarcaron en Golfo Nuevo, actualmente Puerto Madryn, 153 inmigrantes galeses. El contingente estaba compuesto por hombres, mujeres y niños que provenían de distintos condados de Gales.

Llegaron a bordo de la nave Mimosa, traían los elementos indispensables para formar su hogar en la nueva tierra y algunos elementos para realizar trabajos agrícolas.

El clima y la geografía eran desconocidas para la mayoría del grupo.

Al poco tiempo resultó indispensable la obtención de agua dulce. Así llegaron hasta la desembocadura del río que buscaban, el Chubut, entonces Chupat; se instalaron en la margen norte del mismo y fundaron un pueblo que luego sería capital de la provincia y al que llamaron Rawson, en honor al dr. Guillermo Rawson, ministro del Interior del presidente B. Mitre, y quién tanto los había ayudado para se establecieran en la Patagonia.

Los galeses si bien han conservado su lengua y tradiciones, y sobre todo la hospitalidad (ver foto), fueron un factor importante a favor de los derechos soberanos invocados por la República Argentina a fines del Siglo XIX, cuando ese territorio se encontraba en disputa con Chile.

Actualmente la ciudad de Gainman es el lugar mas puro de las tradiciones del pueblo galés, y lugar donde se celebra todos los años la fiesta de la torta galesa.

Hay muchas variantes en la receta, aquí les presento una de ellas.

Preparen el té y siéntanse como si estuvieran en el país de Gales o en la Patagonia Argentina, acomodense en el sofá y a disfrutar de la vida.

Ingredientes:

■ Harina 300 g.
■ Pasas sultanas 200 g.
■ Agua 250 cc.
■ Nueces picadas 75 g. (opcional)
■ Frutas abrillantadas 250 g.
■ 2 cucharaditas de bicarbonato
■ Azúcar negra 200 g.
■ 1 cucharada de miel
■ Margarina 200 g.
■ ½ copita de licor

Preparación:

Pongan en el agua las pasas de uvas, la miel y el azúcar, déjenla hervir 5 minutos y retiren, dejen enfriar y luego mezclen con la margarina.

El paso siguiente será agregarle la harina tamizada con bicarbonato, nueces, las frutas abrillantadas y el licor.

El final consiste en volcar esta masa en un molde hondo enmantecado y enharinado. Hornear a temperatura moderada durante una hora.

Es aconsejable conservarla en un lugar seco y fresco.

No se ustedes, pero de solo pensar en esa torta se me hace agua la boca.

domingo, 5 de octubre de 2008

Ángel de mi guarda, dulce compañía ......



Las tres principales religiones del mundo occidental (judaísmo, cristianismo e islamismo), así como prácticamente todos los sistemas de creencias religiosas del mundo entero, incluyen a seres celestiales en sus cosmologías.

La palabra "ángel", derivada del griego angelos, significa mensajero, y es el nombre genérico de un grupo colectivo de seres, ciudadanos del espacio interior, cuyas responsabilidades incluyen la organización armoniosa del universo habitado.

Los ángeles integran el llamado Grupo Solar (Ángeles y Arcángeles) y el grupo de los guías (los ángeles de la guarda).

Son aquellos que nos observan, que nos aman y nos aportan una información maravillosa. Los ángeles están llenos de información práctica y amor para nosotros.

Los guías o ángeles de la guarda, como los conocemos, nos fueron asignados a cada uno de nosotros al principio de nuestras vidas. Se encuentran cerca de nosotros y nos aman profundamente.


...........................Este es mi angelito de la guarda.

..........................Su nombre es "rompecolchones".



Con esta imagen se desmiente esa teoría absurda la cual sostenía que "los ángeles no tienen espalda".

miércoles, 1 de octubre de 2008

WALL STREET BULLSHIT


La escultura representa a un toro, el símbolo del optimismo financiero agresivo y la prosperidad, inclinándose detrás en su cuarto trasero y con su cabeza bajada ya listo para embestir.

Las tendencias del mercado se describen como movimientos continuos en precios de mercado durante el tiempo.

Los términos; "bull market" y "bear market"; describen los movimientos ascendentes y a la baja respectivamente: esto puede relacionarse con el mercado en conjunto o con las seguridades y los sectores específicos. De ahí las expresiones; "bullish" y " bearish" optimista y pesimista respectivamente.

jueves, 10 de julio de 2008

UNA MAÑANA PERFECTA.




Fue el día 14 de febrero de 2008 a las 7:42 de la mañana, en la Avenida Corrientes entre Suipacha y Esmeralda, yendo para el Obelisco, en el MP3 "Maresias" de Robert Miles al taco, la sensación era de felicidad absoluta.



Por suerte me di cuenta que ese era un momento irrepetible y único, y que valia la pena retratarlo, es prácticamente como fotografiar un espejismo, si se fijan detenidamente van a ver que ese es el momento de la felicidad completa y absoluta, yo así lo percibo.

Y de repente me vino a la mente esa frase de "American Beauty" cuando Ricky Fitts (Wes Bentley) dice:"A veces hay tanta belleza en el mundo que siento que no lo aguanto; y que mi corazón se está derrumbando.", yo sentí como que el aire no me cabia ya en los pulmones.

Por lo menos lo pude retratar con mi celular, ahora ya no queda nada de eso, sólo recuerdos, algunas cosas y esta foto, que por lo menos me sirve a mi como prueba que la felicidad existe.


Eso si daría cualquier cosa por volver el tiempo atrás.

jueves, 19 de junio de 2008

LA LIGAS

LA LIGA HANSEÁTICA.

En 1241, la ciudad alemana de Lübeck, creó una confederación o liga portuaria, a la que en principio se sumaron Bremen y Hamburgo y posteriormente entre otras ciudades Wismar, Rostock, Danzing (Gdansk), Colonia, etc. hasta alcanzar más de 90 ciudades. El objeto de esta asociación a la que se llamó Hansa o Liga Hanseática era la colaboración y asistencia mutua en el ámbito marítimo comercial, así como proteger su comercio de los ataques de los piratas del Báltico y el Mar del Norte. La Hansa, alcanzó su máximo esplendor en el siglo quince y se extinguió en el XVII, aunque algunas de sus ciudades han seguido conservando el espíritu hanseático, hasta épocas recientes.

LIGA DE LAS NACIONES.



En sí la liga de las naciones consiste en ser una agrupación de países que fue establecida a propuesta de presidente Wilson, para evitar guerras en el futuro. La sede de la misma estaba en Ginebra y su propósito fue resolver, mediante la discusión pacifica, los conflictos entre naciones. En su estructura pronto aparecieron fisuras: los Estados Unidos no participaron en ella, pues el Senado de los Estados Unidos no aceptó los compromisos adquiridos por el presidente Wilson, se negó a ratificar el Tratado de Versalles, principalmente porque no quería compromisos con bloques europeos mundiales que pudieran limitar las libres decisiones norteamericanas y el nuevo gobierno, encabezado por el presidente Harding inició una política de aislamiento.

lunes, 19 de mayo de 2008

PROPIEDADES DEL POMELO


Un pomelo diario es la mejor garantía para lograr una vida saludable. Es ideal como condimiento, posee propiedades nutritivas que previenen contra el cáncer, evitan los problemas de circulación y, por supuesto, alejan los resfriados y gripes.

Gran portador de vitamina C, el pomelo, combinados con otros productos mediterráneos y el ejercicio físico, constituyen un aval para mantener la salud y el estado anímico en su punto más álgido. Así de fácil.

Ni pócimas mágicas ni medicamentos cada dos por tres. Si alguien busca la fórmula para llevar una vida saludable y evitar la aparición de graves enfermedades, la respuesta está cerca y no es ningún secreto: un limón y un pomelo diarios en zumo o como condimento... y a vivir.

Ejemplos máximos de la dieta mediterránea, el limón y pomelo son los principales portadores de la vitamina C. Una vitamina que es el mejor escudo contra todo tipo de cánceres. Gracias a esta vitamina se produce colágeno, importante en el crecimiento y reparación de las células de los tejidos, encías, vasos, huesos y dientes, y para la metabolización de las grasas, por lo que se le atribuye el poder de reducir el colesterol.

Además, el principal componente vitamínico del limón y pomelo permite una mejor cicatrización de las heridas, aliviar las encías sangrantes, reducir el efecto de muchas sustancias productoras de alergias, prevenir el resfriado común y, en general, fortalecer todas las defensas del organismo.

Aparte de la vitamina C, el limón y el pomelo portan la B y la E. Son, asimismo, ricos en potasio, magnesio, calcio y fósforo, además de se una fuente de cobre, cinc, hierro y manganeso. Son formidables para reforzar el sistema inmunulógico, ya que intensifican la actividad de los glóbulos blancos.
Son excelentes, asimismo, para aliviar los dolores reumáticos y artríticos, pues sus ácidos son metabolizados en la digestión para producir carbonato potásico.

El pomelo protegen, por si aún fuesen pocos sus efectos positivos, la membrana mucosa que recubre el estómago, además de ser un estimulante para las funciones del páncreas y del hígado.

El único inconveniente es que la vitamina C, su principal componente, se elimina a las tres horas de ingerirla, por lo que, lo mejor, es tomar no uno sino varios pomelos al día.

jueves, 17 de abril de 2008

PIECECITOS




Piececitos de niño,
azulosos de frío,
¡cómo os ven y no os cubren,
¡Dios mío!¡


Piececitos heridos
por los guijarros todos,
ultrajados de nieves
y lodos!


El hombre ciego ignora
que por donde pasáis,
una flor de luz viva
dejáis;


que allí donde ponéis
la plantita sangrante,
el nardo nace más
fragante.


Sed, puesto que marcháis
por los caminos rectos,
heroicos como sois
perfectos.


Piececitos de niño,
dos joyitas sufrientes,
¡cómo pasan sin veros
las gentes!


Gabriel Mistral

jueves, 13 de marzo de 2008

ENTRAN POR UNA PUERTA Y SALEN POR LA OTRA!!!


Una de las quejas mas comunes por parte de la ciudadanía es el hecho de la reincidencia por parte de la gente que delinque, asi como también el hecho tan difundido que la gente detenida y condenada por la comisión de algún ilícito obtiene rápidamente la libertad y cumple la condena en la modalidad de "condicional". En realidad es necesario tener en cuenta que nuestro Código Penal establece:

Código Penal de la Nación Argentina. Libro primero. Disposiciones generales
Título III. Condenación condicional.

Art. 26. En los casos de primera condena a pena de prisión que no exceda de tres años, será facultad de los tribunales disponer en el mismo pronunciamiento que se deje en suspenso el cumplimiento de la pena. Esta decisión deberá ser fundada, bajo sanción de nulidad, en la personalidad moral del condenado, su actitud posterior al delito, los motivos que lo impulsaron a delinquir, la naturaleza del hecho y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar efectivamente pertinentes para formar criterio, pudiendo las partes aportar también la prueba útil a tal efecto.
Igual facultad tendrán los tribunales en los casos de concurso de delitos si la pena impuesta al reo no excediese los tres años de prisión.
No procederá la condenación condicional respecto de las penas de multa o inhabilitación.
(Según Ley 23057)


Art. 27. La condenación se tendrá como no pronunciada si dentro del término de cuatro años, contados a partir de la fecha de la sentencia firme, el condenado no cometiere un nuevo delito. Si cometiere un nuevo delito, sufrirá la pena impuesta en la primera condenación y la que le correspondiere por el segundo delito, conforme con lo dispuesto sobre acumulación de penas.
La suspensión podrá ser acordada por segunda vez si el nuevo delito ha sido cometido después de haber transcurrido ocho años a partir de la fecha de la primera condena firme, este plazo se elevará a diez años, si ambos delitos fueran dolosos.
En los casos de sentencias recurridas y confirmadas, en cuanto al carácter condicional de la condena, los plazos se computarán desde la fecha del pronunciamiento originario.
(Según Ley 23057)
Asímismo la sabia Jurisprudencia establece:

PROCEDIMIENTO - EXCARCELACION - REQUISITOS

En caso de una eventual condena, como lo sostiene el a quo, ella no podrá ser de ejecución condicional al no haber transcurrido el plazo exigido en el párrafo tercero del art. 27 del C.P., por lo que corresponde denegar la libertad provisoria del procesado.C.N Penal Económico Sala I García Quiroga - von Oertel Inc. de Excarcelación de 'Octavio de Quirós s/302 C.Penal' 08/01/79

Exención de prisión. Artículo 316 del C.P.P.N. Procedencia. Requisitos. Artículo 26 y 27 del C.P.

Teniendo en cuenta la fecha de la comisión del delito que se imputa, que el encausado registra una pena anterior de seis meses de prisión cuya ejecución fue dejada en suspenso, y que por imperio de los arts. 26 y 27 del C.P., en caso de recaer condena no podría ser de carácter condicional, la situación de aquél escapa a las previsiones del art. 316 del C.P.P.N. Para la procedencia del instituto de la exención de prisión deben concurrir la totalidad de los requisitos contemplados en el art. 26 y sgts. del C.P. (Voto de los Dres. Tragant, Riggi y Catucci).

Autos: Meta, Ramón Carlos s/recurso de casación. Magistrados : Tragant, Riggi, Catucci. Sala: III. Causa nº : 4729. 03/10/2003 Nro. Sent.: º 4729. Nro. Exp.: Registro nº 581.03.3.


jueves, 14 de febrero de 2008

DECRETO LEY 326/56 SERVICIO DOMESTICO.


BOLETIN OFICIAL, 20 de Enero de 1956.

Este Decreto rige en todo el territorio de la Nación las relaciones de trabajo que los empleados de ambos sexos presten dentro de la vida doméstica y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, no siendo tampoco de aplicación para quienes presten sus servicios por tiempo inferior a un mes, trabajen menos de cuatro horas por día o lo hagan por menos de cuatro días a la semana para el mismo empleador. (art. 1).

ARTICULO 2. No se considerarán empleadas en el servicio doméstico a las personas emparentadas con el dueño de la casa, ni aquéllas que sean exclusivamente contratadas para cuidar enfermos o conducir vehículos. No podrán ser contratados como empleados en el servicio doméstico los menores de 14 años.

ARTICULO 3. En el caso de que se tome al servicio de un dueño de casa conjuntamente un matrimonio, o a padres con sus hijos, las retribuciones deben ser convenidas en forma individual y abonadas separadamente. Los hijos menores de 14 años que vivan con sus padres en el domicilio del dueño de casa, no serán considerados como empleados en el servicio doméstico, como tampoco las personas que acompañen en el alojamiento a un empleado en el servicio doméstico y que emparentadas con él, no trabajen en el servicio doméstico del mismo empleador.

ARTICULO 4. Todas las personas empleadas en el servicio doméstico sin retiro, gozarán de los siguientes beneficios:
a) Reposo diario nocturno de 9 horas consecutivas como mínimo, e que sólo podrá ser interrumpido por causas graves o urgentes. Además, gozarán de un descanso diario de 3 horas entre sus tareas matutinas y vespertinas;
b) Descanso semanal de veinticuatro horas corridas o en su defecto dos medios días por semana a partir de las quince horas fijado teniendo en consideración las necesidades del empleado y del empleador;
c) Un período continuado de descanso anual, con pago de la retribución convenida de:
1) Diez días hábiles cuando la antiguedad al servicio del empleador fuera superior a un año y no exceda de cinco años;
2) Quince días hábiles cuando la antiguedad fuera superior a cinco años y no exceda de diez;
3) Veinte días hábiles cuando la antiguedad fuera superior a diez años;
4) Durante el período de vacaciones, cuando hubieren sido convenidas las prestaciones de habitación y manutención a cargo del empleador, estas últimas podrán ser objeto de convenio entre las partes. No llegándose a acuerdo el empleador, a su opción, podrá sustituir las referidas prestaciones, o una de ellas, por su equivalente en dinero. El empleador tendrá el derecho de fijar la fecha de las vacaciones, debiendo dar aviso al empleado con veinte días de anticipación.
d) Licencia paga por enfermedad de hasta treinta días en el año, a contar de la fecha de su ingreso, debiendo el empleador velar porque el empleado reciba la atención médica necesaria, que estará a cargo de este último. Si la enfermedad fuere infecto contagiosa, el empleado deberá internarse en un servicio hospitalario;
e) Habitación amueblada e higiénica;
f) Alimentación sana y suficiente;
g) Una hora semanal para asistir a los servicios de su culto. Los empleados domésticos con retiro gozarán de los beneficios indicados en los incs. b) y c)

ARTICULO 5. Será obligación de los empleados domésticos guardar lealtad y respeto al empleador, su familia y convivientes, respetar a las personas que concurran a la casa, cumplir las instrucciones de servicio que se le impartan, cuidar las cosas confiadas a su vigilancia y diligencia, observar prescindencia y reserva en los asuntos de la casa de los que tuviere conocimiento en el ejercicio de sus funciones, guardar la inviolabilidad del secreto familiar e materia política, moral y religiosa y desempeñar sus funciones con celo y honestidad, dando cuenta de todo impedimento para realizarlas, siendo responsables del daño que causaren por dolo, culpa o negligencia.

ARTICULO 7. El empleado podrá considerarse despedido y con derecho al pago de la indemnización por preaviso y antiguedad que fija este decreto ley cuando recibiere malos tratos o injurias del empleador, sus familiares o convivientes, o en caso de incumplimiento del contrato por parte de éste.

ARTICULO 8. A partir de los 90 días de iniciado el contrato de trabajo, éste no podrá ser disuelto por voluntad de ninguna de las partes sin previo aviso dado con cinco días de anticipación si la antiguedad del empleado fuera inferior a dos años y diez cuando fuere mayor, durante cuyo plazo el empleado gozará de dos horas hábiles diarias para buscar nueva ocupación sin desmedro de sus tareas esenciales. (...)

ARTICULO 10. Todo empleado tendrá derecho a percibir un mes de sueldo complementario por cada año de servicio o la parte proporcional del mismo conforme a lo establecido en los arts. 45 y 46 del decreto ley 33.302/45 , ratificado por la ley 12.921 .
Ref. Normativas: Decreto Nacional 33.302/45 Art.45 al 46 Decreto Nacional 33.302/45 Art.45 Decreto Nacional 33.302/45 Art.46 Ley 12.921

(..)

ARTICULO 19. Comuníquese, etc.

Es de destacar que esta actividad no se encuentra protegida por la Ley de Contrato de Trabajo, (ley 20.744) y sus reformas.

miércoles, 30 de enero de 2008

VENDRA LA MUERTE Y TENDRA TUS OJOS.


Césare Pavese nació el 9 de septiembre de 1908 en Santo Stefano Belbo (Cúneo) el último de cinco hijos de una familia pequeño burguesa de origen campesino. Cuando sólo tenía seis años, murió su padre. Cursó estudios en Turín. Vivió como traductor con Moby Dick de Melville y La risa negra de Sherwood Andersoni. Tradujo también a Gertrude Stein, John Steinbeck y Ernest Hemingway, y comenzó a escribir crítica literaria.

Fue uno de los fundadores de la editorial Einaudi, en la que permaneció como editor hasta su muerte.

En 1934 lo nombraron director de la revista "Cultura", donde publicó sus escritos antifascistas.

En mayo de 1935 fue detenido por motivos políticos y confinado en Brancaleone Calabro.

En 1936 regresó a Turín y publicó el libro de poesía Lavorare stanca. Durante la guerra, se refugió con su hermana en Serralunga y, cuando aquélla terminó, se inscribió en el Partido Comunista Italiano.

La narrativa de Pavese trata, por lo general, acerca de conflictos de la vida contemporánea, entre ellos la búsqueda de la propia identidad, como en La luna y las fogatas (1950), considerada como su mejor novela.

Víctima de repetidas crisis depresivas, Césare Pavese se suicidó el 27 de agosto de 1950 en un hotel de Turín, ingiriendo doce sobres de somníferos.


Y acá uno de sus últimos poemas, referidos a la muerte una muerte que finalmente encontró.

VENDRA LA MUERTE Y TENDRA TUS OJOS.

Vendrá la muerte y tendrá tus ojos
esta muerte que nos acompaña
desde el alba a la noche, insomne,
sorda, como un viejo remordimiento
o un absurdo defecto. Tus ojos
serán una palabra inútil,
un grito callado, un silencio.
Así los ves cada mañana
cuando sola te inclinas
ante el espejo. Oh, amada esperanza,
aquel día sabremos, también,
que eres la vida y eres la nada.
Para todos tiene la muerte una mirada.

Vendrá la muerte y tendrá tus ojos.
Será como dejar un vicio,
como ver en el espejo
asomar un rostro muerto,
como escuchar un labio ya cerrado.
Mudos, descenderemos al abismo.


Césare Pavese.